El informe que no interesa al nuevo Consejo de la Judicatura
El Consejo de la Judicatura de Transición, en el marco de su actuar, recibió información de varias fuentes: ciudadanos, organizaciones de derechos humanos y academia sobre posibles casos de persecución política, en la que los operadores de justicia habrían cumplido un papel fundamental, al ser el instrumento a través del cual se judicializó y sobre todo se penalizó la crítica al gobierno del ex presidente Rafael Correa o a sus políticas. Siendo esta situación de público conocimiento, el Consejo de la Judicatura emprendió un estudio con apoyo de varios sectores y la participación de las presuntas víctimas[1].
Durante el gobierno del ex presidente Rafael Correa, entre el 2007 y 2017, se consolidó un poder autoritario y arbitrario, basándose en lineamientos de un Estado de propaganda, el control de la administración de justicia, la toma de las instituciones del Estado ecuatoriano para imponer un ideario político y la persecución y criminalización a periodistas, defensores y defensoras de derechos humanos, estudiantes, autoridades indígenas y todos aquellos actores políticos o sociales que se opusieran a sus políticas de Estado.
Después de la aprobación de la Constitución del 2008; con la reelección para un nuevo período de Rafael Correa, 2009-2013 y con mayoría parlamentaria se aprobó la Ley de Comunicación, dando paso a la creación de la Secretaria de Comunicación; quien se encargaría de ejercer control sobre los medios de comunicación, esto empezó con la incautación de varios medios, entre estos, dos canales de televisión, radios y prensa escrita, que pasaron a manos del Estado a través de una resolución administrativa. Posteriormente se evidenció una intromisión en las redacciones de estos medios incautados con el objetivo de difundir las gestiones del presidente, la realización de obras públicas y para atacar a otros medios, periodistas y contradictores políticos a través de cadenas de televisión y las sabatinas, así se consolidó el Estado de Propaganda.
El discurso de persecución política se volvió más fuerte después de los hechos del 30 de septiembre del 2010, lo que dio paso a que se busque la reforma tanto institucional como del marco normativo, a través de una consulta popular, realizada en el 2011, que otorgó más poderes al Gobierno, permitiendo tener injerencia en la justicia y la designación de autoridades de control, de esta manera se pudo utilizar este poder para someter a procesos judiciales a todos sus detractores, mediante presiones directas a operadores de justicia y con la utilización de su aparataje mediático, quienes en ocasiones incluso llegaban a ser juzgados en una sabatina emitida por el Gobierno.
Se violó la Constitución al aprobar la expansión de la frontera extractiva minera y petrolera, lo que insto a que la población muestre su inconformidad y así el Estado evidenció una política sistemática de persecución y criminalización, como mecanismo para neutralizar y acallar a las y los defensores de derechos humanos y la naturaleza, como respuesta a las acciones de protesta y de resistencia a estás políticas, en donde los actores principales eran periodistas, activistas políticos, estudiantes, comunidades y dirigentes indígenas de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie), así como de familias y comunidades campesinas del país.
Con la puesta en vigencia del Código Orgánico Integral Penal (COIP) en el año 2014 se utilizaron varios delitos penales comunes, por parte del Estado ecuatoriano, para privar de la libertad, procesar penalmente y sentenciar a las y los defensores, que realizaban estas actividades de defensa de derechos humanos, territoriales, ambientales y de la naturaleza. Esta política ha incluido denuncias penales basadas en el supuesto cometimiento de los siguientes delitos: ataque o resistencia (Art. 283); sabotaje (Art. 345); paralización de un servicio público (Art. 346); incitación a la discordia entre ciudadanos (Art. 348), entre varios otros. [2].
Conformación de la Mesa de Perseguidos Políticos, Nunca Más
De acuerdo con la Constitución y las leyes que integran el ordenamiento jurídico, el Consejo de la Judicatura tiene la obligación de recibir y procesar toda queja respecto de la falta de independencia o indebida actuación de los operadores de justicia. En este marco, el Pleno del Consejo de la Judicatura, expidió la Resolución A050-2018 del 20 de agosto del 2018, mediante la cual resolvió en artículo único, crear la Mesa de Perseguidos Políticos, Nunca Más, para conocer los casos de persecución política en los que actuó el poder judicial criminalizando la protesta social en el periodo 2007-2017[3].
La mesa impulsada por las personas afectadas, organizaciones de derechos humanos, academia y por el propio Consejo de la Judicatura da a conocer en el informe que se receptaron alrededor de 1435 denuncias, de las cuales se procesaron solamente 297, debido a que solo ese número logró completar la ficha informática creada para el efecto en la página web del Consejo de la Judicatura dentro del plazo establecido y agregar todos los documentos de sustento. De esas 297 fichas se depuraron los casos que no podían encuadrarse en lo que se entiende por persecución política. En este sentido, la mesa impulsada por las personas afectadas, organizaciones de derechos humanos, academia y por el propio Consejo de la Judicatura registró en su “Informe final mesa por la verdad y la justicia perseguidos políticos. Nunca más” registró 247 casos de persecución política y judicial analizados en las comisiones defensores de derechos humanos y de la naturaleza; pueblos y nacionalidades indígenas; 30-S divididas en dos subgrupos civiles y fuerza pública; y defensores de libertad de expresión.
Para el trabajo de la mesa se conformó cuatro comisiones: defensores de derechos humanos y de la naturaleza; pueblos y nacionalidades indígenas; 30-S divididas en dos subgrupos civiles y fuerza pública; y defensores de libertad de expresión mediante las cuales se fue elaborando las principales herramientas que permitiría recolectar la información de los casos. La Mesa se conformó por un delegado de cada comisión y contó en todo momento con la asesoría técnica y jurídica de los miembros de las organizaciones de la sociedad civil, instituciones públicas y del Consejo de la Judicatura.
Mientras que para retroalimentar la información recogida a través de la fichas, la Mesa conoció mediante comparecencia los testimonios de las víctimas y sus abogados. Cuarenta y seis casos en audiencias públicas y 2 audiencias reservadas se realizaron por petición de las víctimas y conforme al art. 16 del Protocolo de Selección y Priorización de Casos para Audiencias, que determina que la Mesa podrá convocar audiencias públicas y reservadas, definiendo a las audiencias reservadas aquellas que de forma justificada a petición de parte o de oficio y de forma excepcional no serán públicas, al final se contó con la participación de más de 100 víctimas.
Las audiencias públicas ordinarias se realizaron el 5, 12 y 15 de noviembre y una extraordinaria el 27 de noviembre de 2018; y las audiencias reservadas se hicieron durante los meses de noviembre y diciembre del 2018.
Los casos que conocieron las comisiones de defensores de derechos humanos y de la naturaleza; pueblos y nacionalidades indígenas; 30-S y defensores de libertad de expresión conocidos por la Mesa a través de las audiencias públicas y privadas fueron:
1.- Comisión de Defensores de Derechos Humanos y de la Naturaleza.
El patrón de criminalización a defensores y defensoras de los derechos humanos y de la naturaleza en nuestro país que ha permanecido como práctica a la que recurren los poderes económicos y políticos, y que recrudeció dramáticamente en la última década, evidencia que líderes comunitarios y defensores de derechos humanos en el Ecuador no cuentan con un entorno seguro para desarrollar sus actividades de defensa de derechos. Ese entorno debe estar basado en un marco jurídico, institucional y administrativo propicio, en la no impunidad de las violaciones de las que han sido víctimas, instituciones nacionales de derechos humanos solidas e independientes, políticas y mecanismos eficaces de protección, y el respeto de actores no estatales -como son las empresas y otros[4].
La comisión de Defensores de Derechos Humanos y de la Naturaleza registrados por la Mesa través de las audiencias públicas fueron 4 casos. A continuación 3 de los casos registrados por la Mesa.
La Cordillera del Cóndor[5].
La Cordillera del Cóndor es una cadena montañosa situada en la parte oriental de la Cordillera de los Andes, territorio amazónico de amplia biodiversidad, parte de la frontera internacional entre Ecuador y Perú; cuenta con cuatro reservas naturales[6]. Desde hace varios años, en esta zona, se están desarrollando proyectos mineros de gran envergadura lo que ha ocasionado que las comunidades indígenas y campesinas del sector se vean afectadas. Es necesario mencionar que en esta zona se encuentran varias comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, quienes también se han visto involucrados en disputas por el territorio con las empresas nacionales y transnacionales de explotación minera.
Para el desarrollo y ejecución de proyectos de explotación de recursos naturales como las concesiones mineras, en el Ecuador es obligatorio efectuar una consulta previa a los pueblos que resulten afectados por los mismos. De acuerdo con la Constitución de la República, se reconoce y garantiza a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, el derecho colectivo a “la consulta previa, libre e informada. En este sentido, la institución de la consulta previa es de vital importancia para el ejercicio de los derechos colectivos en el Ecuador.
Sin embargo, las concesiones y firmas de los contratos para los proyectos de explotación se los ha realizado sin que exista previamente un mecanismo de participación planteado a las comunidades indígenas respecto del desarrollo e implementación de estos. Las autoridades estatales a cargo, no realizan un proceso de consulta previa sobre los proyectos de explotación minera; por lo que a raíz de la falta de consulta previa, lo que se ha generado es una serie de desalojos forzosos, en donde los agentes de las empresas extractivas, en conjunto con fuerzas militares, simplemente ingresan a desalojar a los comuneros de manera forzada e ilegal, saltándose el proceso establecido e incumpliendo obligaciones constitucionales y legales.
Intag[7]
Intag es una comunidad del cantón Cotacachi, de la provincia de Imbabura, ubicada en la cordillera de los Andes, al Norte de país, es una región agrícola, en la que, según se conoce, existen grandes reservas de cobre. Por esta razón, desde 1990, la comunidad se ha opuesto de manera continua a la exploración y explotación minera[8]. Desde 1997 hasta 2008 las empresas mineras, japonesas primero y canadienses después, intentaron desmovilizar la resistencia local a través de enjuiciamiento a los líderes, a pesar de que esos juicios tardaron varios años, al final todos se archivaron.
Sin embargo, a partir de 2010 ingresan nuevas empresas, una ecuatoriana: Empresa Nacional de Minería (Enami) y la Corporación Nacional del Cobre (Codelco) de nacionalidad chilena. La comunidad exigió que se realice la consulta previa, libre e informada para habilitar la exploración, tal como manda la Constitución y los instrumentos internacionales. Con el fin de desarticular la resistencia, según informan los comparecientes a la audiencia- a través de la Secretaria de Inteligencia (Senain) se identificó a los principales líderes comunitarios y posteriormente se les inicio procesos penales por los que se los privo de la libertad. En el caso Intag, tres líderes: Javier Ramírez, Silvia Quimbango y Marcela Méndez fueron acusados de terrorismo y sabotaje[9].
Mujeres amazónicas[10]
Dentro del informe de la mesa desarrollado mediante audiencia se presentó el caso llamado mujeres amazónicas. El suceso que dio origen a la persecución se produjo en la provincia de Pastaza en 2013, fue el resultado de la protesta en contra de la política petrolera del gobierno de la década anterior y la oposición a la décima primera ronda petrolera. En este territorio indígena están los bloques petroleros 79, 83 y 87 que se entregaron a Andes Petroleum[11].
Mercedes Margoth Escobar, Gloria Ushiwa, Salome Aranda, Daniela Mayaicha, Irene Toqueton, Nema Grefa, Graciana Grefa, Catalina Chumbi, Rosa Gualinga, líderes indígenas y comunitarias de la provincia de Pastaza, casi todas indígenas, de las nacionalidades indígenas Shuar, Shiwiar y Zapara[12] fueron enjuiciadas por participar en protestas en defensa de los derechos colectivos, de la naturaleza, en rechazando las políticas extractivistas del gobierno anterior y en rechazo a la décima ronda petrolera.
2.- Comisión de Pueblos y Nacionalidades Indígenas
Actualmente, las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas en el país se enfrenta a un proceso extractivista que reedita una nueva forma de colonización, en toda su dimensión de violencia: apropiación de tierras y territorios, estados de excepción e intervención policial y militar, desalojos y desplazamientos forzados de comunidades, persecución, criminalización y judicialización a líderes y representantes de pueblos indígenas, fragmentación y desconocimiento del tejido social y organizativo construido históricamente por los pueblos indígenas. Como ha sucedido históricamente, se irrespetan los derechos colectivos de los pueblos y nacionalidades indígenas.
Los pueblos indígenas demandan acceso a la justicia, pero también la capacidad de autorregular su vida de conformidad a sus costumbres, tradiciones y su derecho propio para resolver sus problemas ante sus autoridades ancestrales y tradicionales. Por lo que, es importante mencionar que no solo la defensa de los derechos de la naturaleza y el territorio en oposición al extractivismo han sido criminalizados y judicializadas, sino también los derivados del ejercicio de la jurisdicción indígena, lo cual abre un espacio más para la criminalización ya no solo de la protesta social sino incluso del ejercicio de un derecho constitucional.
La comisión de Pueblos y Nacionalidades Indígenas registrados por la Mesa través de las audiencias reservadas y públicas fueron 2 casos. A continuación los 2 casos registrados por la Mesa.
El Alto Cañar[13].
El Alto Cañar es una zona en la provincia del cañar compuesta por varias comunidades: Alto Cañar, Ingapirca, San Pedro, Honorato Vásquez, parte de Biblian Alto, estas comunidades al ser indígenas, conforme lo reconoce y garantiza la Constitución, ejercen Justicia indígena, a través de sus autoridades ancestrales. La justicia indígena en esta zona se ejerce en primer lugar por la propia comunidad, pero cuando se trata de casos difíciles lo resuelve el Consejo de Justicia Indígena conformado por representantes de todas estas comunidades. Por décadas en esta zona se impartió justicia indígena, a tal punto que asuntos muy graves como muertes, pandillas, violaciones, estafas, etc., fueron resueltas por las autoridades indígenas. La justicia ordinaria en estos casos declino la competencia y respeto las decisiones de las autoridades de la justicia indígena.
Sin embargo, a pesar de este reconocimiento constitucional del ejercicio de la jurisdicción indígena tanto a nivel constitucional como en los instrumentos internacionales. En el Alto Cañar, al momento 23 autoridades indígenas han sido procesados por resolver casos de: cuatrerismos, coyoterismo, pandillas juveniles, problemas de tierras en el territorio cañarí, entre otros conflictos, mediante la aplicación de la justicia indígena, sin embargo estas autoridades indígenas fueron procesados bajo los delitos de secuestro, secuestro extorsivo, daño al bien ajeno y complicidad de un secuestro por los operadores dentro del sistema de justicia ordinaria.
En este sentido, la criminalización de la jurisdicción indígena es un uso arbitrario y abusivo del poder punitivo del Estado, toda vez que viola gravemente los principios por sobre los cuales el Ecuador decidió constituirse en 2008 y cuya práctica esconde no solo un claro desinterés por comprender los procesos de justicia indígena sino una imposición ilegitima y hasta racial del sistema ordinario al subsumir los procesos de justicia indígena bajo conductas penales, criminalizando así un ejercicio de una atribución y derechos protegidos por la Constitución y Tratados Internacionales en materia de pueblos indígenas.
Comuna de Valdivia[14]
La comuna de Valdivia está ubicada en la provincia de Santa Elena, constituye un territorio ancestral, está considerada como comuna desde 1927 y desde 1937 se ha reconocido su territorio comunal, es un sitio arqueológico de gran riqueza cultural. En 1982 se le reconoció la posesión de 1500 hectáreas como tierras comunitarias, hecho que fue inscrito en el Registro de la Propiedad[15].
El conflicto se reaviva en 2013, cuando el Gobierno Autónomo declara tres hectáreas como de utilidad pública lo que hace que tanto la empresa como la comunidad reaccionen. En 2016 la empresa inicia la construcción de un cerramiento de cemento, a lo que la comunidad se opuso, por lo que en la actualidad tres personas, entre ellas el presidente, el síndico y el secretario de la comunidad están enjuiciados penalmente. El líder principal de la comunidad estuvo detenido a pesar de ser mayor de 65 años de edad.
3.- Comisión 30 de septiembre de 2010 (30-S)
Dentro del informe se devela las implicaciones que tuvo la criminalización de la protesta policial del treinta de septiembre de 2010, se produjo a causa del “Veto presidencial” a la Ley Orgánica de Servicio Público (LOSEP), con el que se ponía fin a algunos derechos adquiridos por la fuerza pública, lo que provoco el reclamo de la tropa policial en varias provincias del país, los acontecimientos se precipitaron principalmente en el Regimiento Quito 1 donde una buena parte de la policía hizo centro de sus reclamos. La situación se agravo cuando el expresidente Rafael Correa ingreso al interior del cuartel de la policía y confronto con los manifestantes, hecho que provocó que la situación se saliera de control y se deriven en enfrentamientos entre algunos policías sublevados. Producto de la detonación de bombas lacrimógenas, el cuerpo de seguridad presidencial evacuó al expresidente hacia el Hospital de la Policía Nacional para que reciba atención médica y desde donde daba disposiciones como Presidente de la Republica[16].
En este sentido y con la justicia reestructurada se normalizó y se dio libre marcha a la utilización de los tipos penales de sabotaje, terrorismo, atentado contra la seguridad interior del Estado y rebelión para castigar a la disidencia y a la protesta policial, política y social.
La comisión 30 de septiembre de 2010 (30-S) registrados por la Mesa través de las audiencias públicas fueron 10 casos. A continuación 3 de los casos registrados por la Mesa.
Francotirador[17]
Según consta dentro del informe de la mesa, durante la comparecencia en la audiencia la presunta víctima señala, el 18 de diciembre de 2013, el policía Fabián Benavides recibió un memorando que contenía una sanción administrativa que incluía arresto por 72 horas. Mientras cumplía su sanción en el cuartel del Grupo de Transito de Pichincha, el 19 de diciembre, fue detenido por el delito de magnicidio en grado de tentativa en los eventos del 30-S, a pesar de haber transcurrido más tres años de los hechos del 30-S, fue conducido a la Unidad de Flagrancia de la Fiscalía[18].
La presunta víctima manifiesta que a pesar que no hubo suficientes elementos para ordenar su detención, se lo hizo por 30 días con fines investigativos y cada vez que se acercaba el final de ese periodo se extendía por otros tantos, hasta abril de 2014. Constantemente, el juez se negó a sustituir la medida de detención. Mientras se encontraba detenido allanaron su domicilio con personal del Grupo de Operaciones Especiales (GOE) y criminalística, tal acción se realizó en presencia de sus hijos, su esposa en estado de gravidez y su madre.
Asamblea Nacional[19]
El presente caso se refiere a lo sucedido con los policías que estuvieron asignados a la Asamblea Nacional el día 30 de septiembre de 2010, principalmente el coronel de Policía de Estado Mayor (SP) Rolando Tapia Coronado, quien ese día se encontraba cumpliendo funciones de Comandante en la Escolta Legislativa en la Asamblea Nacional, designación que asumió formal y legalmente el 25 de septiembre de 2010, es decir, cinco días antes de hechos del 30-S[20].
Según se señala dentro del informe de la mesa, en audiencia la presunta víctima informa que el 5 de octubre de 2010, se inicia la Indagación Previa, el fiscal solicita la detención de Rolando Tapia con fines investigativos y por 24 horas. Se califica la flagrancia a pesar de haber transcurrido más de cinco días. Después de rendir versión, al día siguiente fue detenido y trasladado a las oficinas de la Policía Judicial de Pichincha para realizar una audiencia de formulación de cargos y calificación de flagrancia. Posteriormente el Tribunal de Garantías Penales de Pichincha, dicta sentencia a 3 años de prisión correccional, por el cometimiento de un supuesto delito que consistía en el impedimento del uso de las instalaciones de las sesiones ordinarias en la Asamblea Nacional. Sentencia que se ratificó tanto en la apelación ante la Corte Provincial como en el recurso de casación que se interpuso ante la Corte Nacional.
Base Aérea[21]
Este caso involucra a tres personas: Humberto Chichan Yépez, suboficial primero en la Fuerza Aérea, con 31 años de trabajo en la institución; Luis Vicente Duran, con el grado de suboficial primero de profesión y comando paracaidista; y Miguel Ángel Félix Zeron, suboficial primero de la Fuerza Aérea[22].
El Suboficial Humberto Chichan Yépez fue acusado de sabotaje y terrorismo y condenado en primera instancia, sentencia que se ratificó en la apelación ante la Corte Provincial. En el recurso de casación que se interpuso ante la Corte Nacional se declaró el sobreseimiento definitivo y el archivo de la causa. Miguel Ángel Félix Zeron también fue sentenciado a un año de prisión.
4.- Comisión libertad de expresión.
Según consta en el informe de la Mesa, a partir del año 2007, se instauró como política de Estado una confrontación en contra de los medios de comunicación, así como cualquier otra forma de crítica o disidencia. Esto se pudo evidenciar aún más con la promulgación de la Ley Orgánica de Comunicación y los tipos penales tanto del anterior Código Penal como del Código Orgánico Integral Penal para reprimir la crítica[23].
Esta creciente ola de ataques a la libertad de expresión ha llamado a la preocupación de varios organismos internacionales de Derechos Humanos. “Desde el 2007 hasta el 2017, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión documentó que el gobierno de Ecuador encabezado por el expresidente Rafael Correa diseñó e implementó una política sistemática para desacreditar, estigmatizar, imponer y sancionar -mediante el uso del derecho penal y administrativo- a periodistas, medios de comunicación, defensores de derechos humanos y opositores políticos”[24].
La comisión de libertad de expresión registrados por la Mesa través de las audiencias públicas y privadas registro ocho casos. De ellos, mencionaremos tres.
Villavicencio-Figueroa[25]
Según consta en el informe de la Mesa, en el caso de Fernando Villavicencio hay tres momentos relevantes en el proceso de criminalización. El primero tiene que ver con su participación en 2007 en la comisión que investigó posibles irregularidades en contratos petroleros con la empresa Petrobrass-Palo Azul, de dicho estudio se formuló un informe, que fue entregado a la Fiscalía General del Estado. Posteriormente, en 2011, después de un año del 30-S, conjuntamente con Klever Jiménez y Carlos Figueroa se solicitó una investigación a la Fiscalía General del Estado, por los hechos ocurridos en esa fecha. Por último, en octubre de 2013, se publicó en la Revista Plan V, un reportaje sobre el expediente Chevron lo que originó que en diciembre de ese año, la policía allane su casa para llevarse toda la información sobre el caso[26].
Como resultado de la solicitud de investigación del 30-S, Klever Jiménez, Fernando Villavicencio, y Carlos Figueroa fueron enjuiciados. Jiménez, en ese momento era asambleísta por lo que tenía fuero de Corte Nacional, mientras que Villavicencio se desempeñaba como asesor y Figueroa como presidente de la Federación Médica. Esa denuncia se declaró como temeraria y maliciosa, lo que dio origen a una demanda en su contra.
Jeaninne Cruz Vaca[27]
De acuerdo, a lo que consta en el informe de la Mesa, el 11 de diciembre de 2015 el alcalde de la ciudad de Loja, José Bolívar Castillo, presentó una demanda contra la concejala Jeannine Cruz por el delito de calumnia; debido a una publicación en su cuenta personal en la red social Twitter donde denunciaba actos de corrupción que aparentemente habrían ocurrido en la gestión del alcalde lojano al declarar en emergencia el Plan del Agua Potable sin consentimiento del cabildo lojano como sugiere la ley[28].
El denunciante solicitó se la condené a prisión por el tipo penal establecido en el artículo 396 del Código Orgánico Integral Penal que establece una pena de 15 a 30 días de prisión en caso de que la persona “por cualquier medio, profiera expresiones en descredito o deshonra en contra de otra”.
La concejala fue encontrada culpable y condenada a 30 días de prisión que los cumplió en el Centro de Detención Provisional de Loja y a una multa económica. La Corte Provincial de Justicia de Loja ratificó la sentencia de treinta días.
Ecotel[29]
Ramiro Cueva, periodista y concesionario de Ecotel de una señal de radio y televisión local en Loja. Según consta dentro del informe de la mesa, la Superintendencia de Telecomunicaciones Supertel le inició el proceso de reversión de la frecuencia de radio para ello utilizó leyes que a la fecha de su juzgamiento se encontraban derogadas. Supertel adujo que la señal se encontraba todavía al aire por lo que se produjeron dos allanamientos a las oficinas, el primero se dio el 8 de agosto y el segundo el 13 de diciembre de 2013 y se inició una acción penal por supuesto uso ilegal del espectro radioeléctrico. En ese marco se incautaron los equipos de operación de la radio, con un operativo con más de 120 elementos de policía, que fueron a cada una de las estaciones repetidoras a realizar la incautación de los equipos. En la etapa de juicio el tribunal penal de Loja confirmo la inocencia del señor Cueva[30].
También consta dentro del informa de la Mesa que fue enjuiciado penalmente por rebelión por el alcalde de Zamora, de la misma tienda política del gobierno de Rafael Correa, por una supuesta agresión durante el desalojo a mineros en esa localidad, ordenada por el Ministerio del Interior, proceso que se archivó en agosto de 2015 con sentencia de 15 días de prisión y 12 dólares de multa.
Finalmente, cabe recalcar que también consta dentro del informe de la Mesa aquellos casos de persecución a los distintos líderes y dirigentes sociales y sindicales. Según han manifestado las supuestas víctimas en las respectivas audiencias públicas y reservadas, que tanto los líderes sociales y sindical fueron duramente perseguidos en la década anterior, como por ejemplo lo que significó en primer lugar una política sostenida a través de las instituciones de la administración laboral como el Ministerio de Trabajo y la Función Judicial para permitir despidos masivos y desconocimientos de derechos laborales colectivos, obtenidos en décadas anteriores, como la contratación colectiva en el sector público; pero al mismo tiempo, se acudió a la división de las centrales sindicales. En este sentido, la Mesa través de las audiencias públicas y privadas conoció un total 12 casos.
Además, dentro del informe se recogen ciertos casos que si bien no cumplen estrictamente los criterios de persecución política por disidencia, si encierran graves problemas en la administración de justicia, por las serias sospechas sobre la independencia judicial y la transparencia. En las cuales la Mesa través de las audiencias públicas y privadas conoció un total de nueve casos.
En total, la Mesa conoció 46 casos, los mismos que contaron con la participación activa de más de 100 víctimas, tanto en las audiencias públicas y privadas desarrolladas.
Con los casos expuestos más los análisis que arroja el informe de la Mesa por la verdad y justicia, se evidenció claramente que durante el período del gobierno de Rafael Correa, la justicia estuvo politizada y se utilizó para manipular decisiones de jueces, fiscales y enjuiciar a quienes estaban en contra de las políticas de ese Estado autoritario. La justicia se puso al servicio del clientelismo político, con el que se mostró a través del aparataje mediático, los beneficios que se obtenía al modernizar el sistema judicial y reprimir a quienes entorpecían el trabajo del gobierno, pretendiendo obtener así la aceptación de la gente.
Frente a esto, como organización de derechos humanos señalamos que es indispensable y una obligación del actual Consejo de la Judicatura iniciar las investigaciones pertinentes en contra de los 490 jueces, conjueces y fiscales señalados como involucrados dentro del Informe de la Mesa por la Verdad y Justicia. De modo que, dentro del Estado de Derecho los operadores de justicia desempeñan el rol principal de garantista de derechos. En este sentido, si los operadores de justicia no cumplieron con su rol constitucional y permitieron que no exista manera sustancial la independencia judicial y es más fueron parte de las constantes violaciones de derechos humanos, es ineludible realizar una investigación y sancionar efectivamente a los responsables. Ya que resulta urgente y necesario identificar los comportamientos judiciales utilizados como instrumento de persecución política, puesto que la labor del Estado y las Instituciones estatales consiste en respetar, promover y garantizar los derechos humanos.
Así mismo es indispensable que la Asamblea Nacional crea una comisión especial que investigue los casos denunciados y que aparecen en el Informe de la Mesa. De la misma manera, es su deber impulsar los procesos de amnistías e indultos a favor de todos aquellos líderes sociales, indígenas, campesinos, etc., generadores de opinión pública que se manifestaron en contra del gobierno o su política, los mismos que se encuentran cumpliendo sentencias o aún cuentan con procesos judiciales abiertos. Ya que el Gobierno anterior, entre el periodo 2007-2017, impulsó una política de persecución, criminalización y judicialización de una manera sistemática, estructurada y contundente, con el apoyo del sistema de justicia como tal, situación que mermo de manera sustancial la independencia judicial en el país.
Esto con el fin de que se pueda tomar las acciones de investigación a los operadores de justicia señalados, con el afán de la no repetición y un debido proceso para las víctimas de persecución política que han sido identificadas en el informe.
*Nelson Atupaña, miembro del área jurídica de Inredh.
*Evelyn Calvopiña, miembro del área de fortalecimiento de Inredh.
[1] Informe Final: “Mesa por la verdad y la justicia, perseguidos políticos, nunca más”, Quito, diciembre 2018.
[2] Informe Final: “Mesa por la verdad y la justicia, perseguidos políticos, nunca más”, Quito, diciembre 2018.
[3] Informe Final: “Mesa por la verdad y la justicia, perseguidos políticos, nunca más”, Quito, diciembre 2018.
[4] Informe de la Relatora Especial sobre la situación de los Defensores de los Derechos Humanos, Margaret Sekaggya. Informe A/HRC/25/55 del 23 de diciembre de 2013.
[5] Audiencia 12/11/2018.
[6] Ver http://areasprotegidas.ambiente.gob.ec/es/areas-protegidas/reserva-biol%C3%B3gica-el-c%C3%B3ndor y http://www.accionecologica.org/mineria/documentos/1203-el-enclave-minero-de-la-cordillera-del-condor
[7] Audiencia 5/11/2018.
[8] http://www.accionecologica.org/mineria/2018-06-19-18-13-43/398-intag-llurimagua
[9] Informe Final: “Mesa por la verdad y la justicia, perseguidos políticos, nunca más”, Quito, diciembre 2018.
[10] Audiencia 12/11/2018.
[11] Informe Final: “Mesa por la verdad y la justicia, perseguidos políticos, nunca más”, Quito, diciembre 2018.
[12] Audiencia Pública 12/11/2018.
[13] Audiencia reservada 14/11/2018.
[14] Audiencia 5/11/2018.
[15] Informe Final: “Mesa por la verdad y la justicia, perseguidos políticos, nunca más”, Quito, diciembre 2018.
[16] Informe Final: “Mesa por la verdad y la justicia, perseguidos políticos, nunca más”, Quito, diciembre 2018.
[17] Audiencia 5/11/2018.
[18] Informe Final: “Mesa por la verdad y la justicia, perseguidos políticos, nunca más”, Quito, diciembre 2018.
[19] Audiencia 12/11/2018.
[20] Informe Final: “Mesa por la verdad y la justicia, perseguidos políticos, nunca más”, Quito, diciembre 2018.
[21] Audiencia 15/11/2018.
[22] Informe Final: “Mesa por la verdad y la justicia, perseguidos políticos, nunca más”, Quito, diciembre 2018.
[23] Informe Final: “Mesa por la verdad y la justicia, perseguidos políticos, nunca más”, Quito, diciembre 2018.
[24] Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH (RELE), 2018 Observaciones Preliminares tras visita a Ecuador. Disponible en: https://www.oas.org/es/cidh/expresion/docs/informes/observaciones%20preliminares%20visita%20EC%202018.pdf
[25] Audiencia 5/11/2018.
[26] Informe Final: “Mesa por la verdad y la justicia, perseguidos políticos, nunca más”, Quito, diciembre 2018.
[27] Audiencia reservada 27/12/2018.
[28] Informe Final: “Mesa por la verdad y la justicia, perseguidos políticos, nunca más”, Quito, diciembre 2018.
[29] Audiencia reservada 28/12/2018.
[30] Informe Final: “Mesa por la verdad y la justicia, perseguidos políticos, nunca más”, Quito, diciembre 2018.
https://www.inredh.org/index.php/archivo/defensoras-es-de-ddhh-y-la-naturaleza/1122-el-informe-que-no-interesa-al-nuevo-consejo-de-la-judicatura